7 de enero de 2014

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HOSPITALES Y LABORATORIOS

CONTROL DE CUENTA MÈDICA


GESTIONA LA CUENTA DE GASTOS MÈDICOS POR PACIENTE, CON BASE EN LA COBERTURA DE LAS POLIZAS DE SEGUROS

La gestión de una cuenta de gastos medicos, puede llegar a  ser un poco complicada tomando en cuenta que a diario pueden llegar a ingresar mas de 500 pacientes aproximadamente.

Ya que se tienen que registrar los ingresos y los egresos.

Al final del día se tiene que sumar a la existencia de los ingresos y restar los egresos del período de (24:hrs ).

Para que esto llegue a funcionar adecuadamente nosotros tenemos la solución tomando en cuenta sus principales necesidades, cumpliendo con los objetivos requeridos.

Nuestros modulos son especializados y en ellos podra realizar la gestión más detallada de gastos médicos, y asi encontrar la adecuada para cada paciente:

o   POR PACIENTE: al tener esta información específica de cada paciente, muestra la cobertura que tiene, donde usted podrá observar a detalle su historial médico. Y poder brindarle un mejor servicio.

Podrá manejar a detalle su historial clinico mostrandole fechas de ingreso y egreso, cuentas medicas a detalle, que se verán reflejadas en el historial de cada paciente.

Con el filtro de busqueda usted podra tener acceso a información especifica de cada paciente, y asi mantener las cuentas en orden y a detalle.


o   CON BASE A LA COBERTURA DE POLIZAS DE SEGUROS: cada paciente adquiere una cobertura de seguro diferente dependiendo sus necesidades. Es por eso que se necesita tener reflejado en el sistema la información de cada paciente, aquí se podrá observar la cobertura que maneja la poliza de cada uno de ellos, contemplando el deducible y el coaseguro que maneja el paciente depediendo la poliza contratada, de esta manera sera mas sencillo la cantidad que el paciente tendra que cubrir.

Ya que existen diferentes tipos de aseguradoras y existe una relación directa entre el asegurado (cliente) y los aseguradores, las compañias en función de sus capacidades tienen que asumir el riesgo para brindar el servicio médico adecuado a cada paciente que lo solicite.

REFERENCIAS:

http://www.slideshare.net/ECONOMIASANITARIA/indicadores-hospitalarios-2012

3 de diciembre de 2013

SAT investigará el uso sospechoso de tarjetas de crédito


A partir de este mes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tendrá el reporte de las personas que usaron su tarjeta de crédito, de servicios, prepagadas o cheques de viajero y que sobrepasaron los montos estipulados en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

El reporte incluye a los plásticos que no son emitidos por el sistema financiero como los de tiendas departamentales y de prepago adquiridas en locales de ropa, gasolineras, entre otras.
 
Según el reglamento de la ley antilavado, el 17 de noviembre vence el plazo para que las personas físicas y morales que realizan actividades vulnerables al lavado de dinero (juegos con apuestas, rifas, emisión de tarjetas, desarrollo de bienes inmuebles, entre otros) se inscriban ante el SAT y envíen la información de los clientes que efectuaron compras en efectivo superiores a los montos establecidos en la ley.
 
En el caso de tarjetas de servicio o de crédito, la identificación del cliente es a partir de los 52 mil 131 pesos y los avisos al SAT se tienen que realizar cuando el cliente efectúe una compra mayor a 83 mil 216 pesos.
 
Si son tarjetas prepagadas, la identificación y aviso se debe realizar a partir de los 41 mil 770 pesos.
 
En cheques de viajero, la identificación se requiere en cada ocasión y el aviso a la autoridad de esta operación se da a partir de los 41 mil 770 pesos.
 
Mientras que en operaciones de préstamos o créditos, con o sin garantía, la identificación se dará siempre y el aviso al SAT es a partir de 103 mil 939 pesos.
 
Federico Garza, socio legal fiscal de Baker Tilly México, recalcó la importancia de que la presentación de los avisos y reportes se realice en los tiempos y formas establecidos en la Ley, para evitar sanciones administrativas que pueden ir de 200 a 65 mil días de salario mínimo, esto es entre 12 mil 500 a 4 millones 200 mil pesos.
 
Expuso que a pesar que hay argumentos para buscar el amparo en contra de esta ley, hay pocas probabilidades de que se ganen en los juzgados.
 
Rodolfo Martínez, socio director de RSM Bogarín, dijo que un objetivo lateral de esta ley, es fiscalizar.
 
Fuente: Periódico El Financiero

 

2 de diciembre de 2013

Prestar la latarjeta de crédito, deuda con el SAT a partir de enero 1o del 2014


Si suele prestar la línea de crédito de su tarjeta bancaria y departamental a familiares o amigos, tenga cuidado, porque a partir de 2014 cada pago destinado a su plástico será contabilizado por Hacienda.

Incluso si tiene extensiones de su tarjeta de crédito distribuidas entre sus familiares y su estado de cuenta no distingue entre los gastos efectuados a través de dichas tarjetas, usted, como titular, será el responsable para el fisco.

Las tarjetas de crédito serán una verdadera arma secreta porque permitirán a las autoridades cruzar información, para ver si existe alguna discrepancia con los ingresos que declare el contribuyente. En caso de que existiera, será receptor de un crédito fiscal, que en realidad significa que le deberá al Servicio de Administración Tributaria.

A partir del año entrante, los pagos que las personas físicas efectúen a sus tarjetas de crédito se asumirán como ingresos que el contribuyente deberá declarar por lo que, en su caso, pagará el impuesto correspondiente, de acuerdo con la reforma al título IV en la nueva Ley de Impuesto Sobre la Renta (L-ISR).

Hoy en día en México, más de 18 millones de personas en el país usan tarjetas de crédito bancarias como una forma de financiamiento. De este universo, 80 de cada 100 no pagan el total de su deuda, o sea, que no son totaleros.

De acuerdo con la firma Ernst&Young (EY), para reforzar las medidas contra la informalidad se modificó el esquema de presunción de ingresos a través del llamado procedimiento de discrepancia fiscal, en el cual se describen los escenarios en donde se perciban erogaciones que sean superiores a los ingresos declarados.

Hasta este año este procedimiento incorpora entre otros a depósitos en cuentas bancarias e inversiones financieras, pero la novedad para 2014 es que se incluirá a las tarjetas de crédito.

El Artículo 91 de la nueva L-ISR subraya que las personas físicas podrán ser sujetas al procedimiento de discrepancia fiscal, cuando se compruebe que el monto de las erogaciones en un año calendario sea superior a los ingresos declarados por el contribuyente, o bien a los que le hubiere correspondido declarar.

“Para tal efecto, también se considerarán erogaciones efectuadas por cualquier persona física, las consistentes en gastos, adquisiciones de bienes y depósitos en cuentas bancarias, en inversiones financieras o tarjetas de crédito”.

En entrevista con El Financiero, el abogado fiscalista Herbert Bettinger precisó que el Artículo 91 de la nueva L-ISR tiene su correlación con el 107 de la L-ISR vigente, el cual señala que “cuando una persona física, aún cuando no esté inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), realice en un año de calendario erogaciones superiores a los ingresos que hubiese declarado en ese mismo año, se está ante la presencia de una discrepancia fiscal”.

“El Artículo 107 no tenía la precisión que tiene el 91, que al ser más puntual le permite al contribuyente tener una mejor orientación de que los gastos que realiza con su tarjeta de crédito también serán observados por la autoridad”, indicó.

En caso de la emisión de tarjetas de crédito adicionales, expuso que “mientras que no se demuestre que los co-titulares tienen los ingresos propios para llevar a cabo la erogación del crédito o la utilización de la tarjeta, se presumirá que el ingreso es del titular”.

Para la firma EY, las modificaciones a la Ley del ISR aumentan el alcance de lo que puede considerarse como erogaciones. “Se presumen como ingresos las erogaciones, cuando las personas físicas no estén inscritas al RFC; cuando, inscritas, no presenten declaración estando obligadas a ello y cuando aún presentándola declaran ingresos menores a los gastos”.

Fuente: Periódico El Financiero
http://www.elfinanciero.com.mx/no-te-lo-pierdas/140-homemobile/41373-iprestas-tu-tarjeta-icuidado-le-deberas-al-sat.html

 

29 de noviembre de 2013

Reformas a la Ley Aduanera

 
Como parte de las reformas fiscales que propuso el Presidente Peña Nieto, era la modificación a la Ley Aduanera. Entre los principales cambios, aprobados por el H. Congreso de la Unión, a dicha Ley se encuentran:

1.Los despachos aduaneros de importación y exportación se podrán realizar en lugar distinto al autorizado
2. El despacho aduanal se podrá realizar sin la intervención de un agente aduanal

El no limitar el despacho a las aduanas, facilitará las operaciones, en casos que no cuentan con la infraestructura adecuada, o bien, se puedan realizar en otros países en forma conjunta con sus autoridades. Por ejemplo, se podrán realizar operaciones de importación en Estados Unidos y en una sola operación el despacho de exportación americana y de importación mexicana.

Por otro lado, las empresas podrán efectuar sus operaciones de importación y exportación sin la intervención de un agente aduanal, para lo cual deberán de contar con un representante legal. Dicho representante deberá estar al corriente con sus obligaciones fiscales, ser de nacionalidad mexicana, tener una relación laboral con la empresa, así como demostrar experiencia y conocimientos en comercio exterior y operación aduanera.

El almacenamiento y custodia gratuita de las mercancías en la importación, será de dos días -excepto en las aduanas marítimas- donde el plazo se extiende a siete días, lo que permitirá reducir el pago de almacenaje.

Asimismo, permiten al importador rectificar los pedimientos antes y después del despacho, cambiar el régimen de las mercancías en todos los casos, se disminuyen las multas en un 50%, siempre y cuando no proceda un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

Se tipifica el despacho aduanero a través de la ventanilla única como el sistema electrónico aduanero, que permite inspecciones coordinadas, intercambio de datos, pago automático de impuestos y notificaciones electrónicas.

Estas reformas a la Ley, permiten el establecimiento de recintos fiscales estratégicos en todo el territorio nacional, aún cuando no colinden con recintos fiscales, lo cual facilitará la creación y operación de recintos fiscales estratégicos.
Fuente:

Publicado por el Consejo Empresarial Mexicano de Comercio Exterior, Inversión y Tecnología
https://comce.wordpress.com/2013/11/13/reformas-a-la-ley-aduanera/

28 de noviembre de 2013

CFDI unico documento válido para deducir impuestos a partir de enero 1

 
A partir del primero de enero, solamente las facturas electrónicas tipo CFDI serán deducibles de impuestos.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria informa que a partir de 2014 será obligatorio para todos los contribuyentes emitir sus comprobantes fiscales a través de facturas electrónicas tipo CFDI.

Las facturas electrónicas CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) son las únicas que a partir del primero de enero serán válidas fiscalmente, todas las demás no podrán presentarse para deducir impuestos.

Para migrar al esquema de factura electrónica CFDI solo se requiere: 
la Firma Electrónica (Fiel), tramitar un certificado de sello digital y contar con un servicio gratuito de facturación, ya sea el que ofrece el SAT a través de su portal de internet o el que brindan los auxiliares de comprobación autorizados.

La lista de proveedores auxiliares de comprobación se encuentra disponible en la página del SAT www.sat.gob.mx

El uso de la factura electrónica tipo CFDI permite hacer declaraciones prellenadas, simplificar la contabilidad y cumplir fácil y rápido con las obligaciones fiscales.

Con medidas como ésta, el SAT reitera su compromiso de ofrecer un sistema digital abierto para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones a los contribuyentes, colocándose a la vanguardia en la tecnología al ofrecer herramientas que simplifiquen los procesos.

Fuente: Comunicado SAT Comunicado de prensa 067/2013

27 de noviembre de 2013

AB pro, listo para apoyar a los contribuyentes con su Facturación Electrónica.

En días pasados, el SAT anunció que en 2014 personas físicas y morales deberán migrar hacia factura electrónica, recomendando no esperar a que se cumpla el plazo para realizar el cambio y estar preparados desde el 1º de enero.

AB pro, cuenta con el sistema de facturación electrónica que permite a sus usuarios tener el control que se requiere para la emisión de CFDI (Certificado Fiscal Digital por Internet), el cual es un documento electrónico que cumple con la normatividad exigida por el SAT, que garantiza la autenticidad en su origen e integridad de su contenido. 

El Sistema de facturación electrónica de ONE GOAL atmosphere ERP®, es el mecanismo más avanzado y moderno de facturación en México; cuenta con los elementos de seguridad para verificar y certificar la autenticidad y validez de los comprobantes fiscales, simplificando el proceso de integración con el SAT. Tiene la funcionalidad para elaborar las facturas y enviarlas a un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), el cual valida el documento le otorga un folio y le asigna el Sello Digital del SAT.

La funcionalidad del Sistema permite al usuario contar con las herramientas que cubren todo el proceso desde la emisión, el envío al PAC, la asignación de folios y el envío al cliente.

La factura electrónica consta de dos archivos, uno en formato pdf que es visualizado por los usuarios y otro en formato XML, que cuenta con la configuración para enviar y recibir la información durante las diferentes etapas del proceso.

ONE GOAL atmosphere ERP® cuenta con las herramientas tecnológicas para:
Garantizar la validez de los comprobantes fiscales a través del archivo XML.
  • Mantener la relación del comprobante fiscal digital con los registros que se requieren para el control contable y administrativo.
  • Consultar la información histórica de los CFDIs emitidos
  • Llevar un registro de emisiones de archivos XML.
  • Asegurar la información del CFDI para que no pueda manipularse ni modificarse, evitando así problemas posteriores con el SAT.
  • Verificar la identidad del emisor de cada comprobante.
  • Personalizar el nombre de los archivos XML y PDF generados en la facturación, para un mejor control de la información.
  • Monitorear las para validar el envío de correos así como montos y folios consumidos, permitiendo visualizar de forma global el estatus de la facturación.
Una vez que se tiene el control de la emisión, entrega y validación de CFDIs, el sistema se complementa con un módulo que permite la descarga de archivos adicionales a ONE GOAL atmosphere ERP® desde un navegador web.
 
Al adquirir ONE GOAL atmosphere ERP® antes que termine 2013, AB pro obsequia diseño, cambio de formato y timbrado hasta el 31 de diciembre.



26 de noviembre de 2013

La Reforma Hacendaria

De acuerdo al gobierno de la República, la Reforma Hacendaria y Social es una parte fundamental de crear un México más próspero y más equitativo.

Beneficiando a las familias mexicanas y a los trabajadores otorgando Pensión Universal a los adultos mayores a 65 años, seguro de desempleo a todo trabajador formal, disminuyendo las cuotas del IMSS para los trabajadores de menores ingresos, estimulando para que las empresas contraten a trabajadores de más de 65 años y apoyando a la economía familiar al grabar IVA en: Alimentos, medicinas, colegiaturas, renta, compra de vivienda ni hipotecas, espectáculos públicos ni eventos deportivos.


Para las empresas al promover el crecimiento económico los beneficios son: 


1 - La Reforma mantendrá una de las tasas empresariales efectivas más competitivas de la OCDE.

2 - Invertirá en capital humano, innovación e infraestructura.

3 - Creará el Régimen de Incorporación Fiscal para que las empresas pequeñas formales puedan ofrecer acceso al IMSS, Seguro de Desempleo y al crédito de vivienda.

4 - Con el nuevo régimen de incorporación si abres tu empresa el gobierno te apoyará en tus primeros años con el pago de impuestos.

5 - Fortalecerá el comercio exterior mediante la simplificación de la regulación aduanera.

6 - Eliminará impuestos que obligaban a la doble contabilidad.

7 - Nuevas tecnologías del SAT ahorrarán tiempo y esfuerzo a los empresarios en el pago de sus obligaciones.

8 - Para las maquiladoras se creará un mecanismo ágil de certificación que permite la devolución inmediata del IVA para no afectar al sector exportador.

9 - Se apoyará a sectores prioritarios con potencial de crecimiento.


Impulsando Sectores:
- La reforma busca impulsar a los pequeños productores del campo para quienes reciban ingresos menores a los 900 mil pesos anuales no pagarán impuestos. 

- Gracias a un sistema de contabilidad más simple, los productores del campo que generen menos de 10 mdp anuales pagarán una tasa del 21%, la cual es menor a la general.

- Se apoyará al sector turístico incluyendo facilidades para los servicios de hotelería y conexos.

- Se apoyará a las producciones cinematográficas.

- Se aplicarán impuestos a los refrescos y la comida chatarra con el objetivo de combatir la obesidad y la diabetes.

- Se disuadirá el uso de energías contaminantes con impuestos verdes, y se mantendrán los incentivos a la generación de energías de fuentes renovables.

- Del mismo modo, impuestos a los plaguicidas ayudarán al medio ambiente.
 

Fuente: Gobierno de la República
 
 


 

A partir de 2014, (por ley) tu recibo de nómina será digital

A partir de 2014, los patrones tendrán que entregar un comprobante fiscal digital por cada recibo de nómina que den a sus empleados.

De acuerdo con lo aprobado por los legisladores federales en materia de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y de Código Fiscal de la Federación (CFF), los empleadores deberán timbrar con un Proveedor Autorizado de Certificaciones (PAC) cada uno de los recibos de nómina que entreguen a sus trabajadores, cumpliendo los mismos requisitos que un comprobante fiscal digital por internet (CFDI).

La fracción tercera del artículo 99 de la nueva Ley de ISR señala que será obligación de los patrones expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por prestación de un servicio personal subordinado, por salarios y demás prestaciones.
Estos, señala dicho artículo, “podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral”.

En promedio, según datos de la Amexipac, se estima certificar alrededor de 75 millones de recibos de nómina mensuales en todo el país, considerando que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene registrados, aproximadamente, a 25 millones de asalariados.

¿Qué es un CFDI?

Un Comprobante Fiscal Digital (CFD) es un documento electrónico que cumple con los requisitos legales y reglamentariamente exigibles por el Sistema de Administración Tributaria (SAT) y que garantiza, entre otras cosas, la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido. Este documento es elaborado por el contribuyente por medio de cualquier aplicación electrónica, enseguida es enviado a un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), para que éste valide dicho documento y de esta forma poder otorgarle un folio y asignarle el Sello Digital del SAT (Certificación).

El producto resultante de este proceso se conoce como Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

Todo Proveedor Autorizado de Certificación debe de cumplir con los estándares establecidos por el SAT.

Fuente: Yahoo México - Noticias

 

24 de noviembre de 2013

Reitera SAT facilidad para migrar a factura electrónica

 
Mediante un proceso fácil y rápido, los contribuyentes pueden cambiar al esquema de facturación electrónica que servirá para hacer sus impuestos deducibles y obtener devoluciones el próximo año. 

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa los pasos a seguir para cambiar al sistema de comprobación factura electrónica:

1. Obtener la Firma Electrónica, preferentemente con cita, en cualquier oficina del SAT a nivel nacional. La cita se obtiene en el portal
www.sat.gob.mx 

2. Tramitar un certificado de sello digital, directamente en el portal del SAT, en el menú correspondiente de trámites y servicios. 

3. Utilizar el servicio gratuito de facturación que ofrece el SAT o bien escoger entre cualquiera de los auxiliares en facturación autorizados por el SAT, que pueden consultarse en el portal de internet.

El servicio gratuito de generación de facturas electrónicas ofrecido por el SAT, es en línea, es compatible con diversas plataformas y navegadores y contempla todo el ciclo de generación de una factura electrónica (captura, sellado y certificación digital), entre otras funcionalidades. 

La migración hacia la facturación electrónica será obligatoria a partir del primero de enero, por lo que se recomienda realizar el proceso antes de que termine el año, y comenzar a obtener los beneficios en simplificación y en el cumplimiento de las obligaciones fiscales. 

La comprobación de ingresos y gastos con estas facturas será la única vía para la deducción de impuestos y en su caso, para obtener la devolución de los mismos.

 Para mayor información, el Servicio de Administración Tributaria pone a disposición los siguientes canales de comunicación: www.sat.gob.mx, INFOSAT 01800 46 36 728, la cuenta de twitter @satmx, SAT México en facebook. 


Referencia: Comunicado 068 /2013 del SAT
ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/boletines/com2013_068.pdf